viernes, 3 de febrero de 2017

El Arzobispo de Tucumán condena las declaraciones de Sor Lucía Caram sobre la Virgen María y San José

Infocatolica: Mons. Antonio Horacio Zecca, arzobispo de Tucumán (Argentina), ha emitido un comunicado en el que advierte que las declaraciones de Sor Lucía Caram en un programa de La Cuatro, cadena de televisión española, niegan o ponen en duda la virginidad perpetua de la Virgen María, que es una verdad esencial de nuestro credo. 








Negar o poner en duda un dogma es negar la fe católica y el Magisterio de la Iglesia castiga con la excomunión Latae Sentencia este delito de herejía. Sobre la activista marxista promotora de la homosexualidad y el aborto pesa la excomunión VIDEO BLASFEMO COMPLETO. 
Lucía  Caram debe de ser suspendida por completo de la orden a la que pertenece por el delito de herejía y apostasía. 

La pena de excomunión en el derecho canónico

La excomunión puede ser infligida ferendae sententiae o latae sententiae. La excomunión ferendae sententiae obliga al reo desde que se le impone, mientras que la excomunión latae sententiae obliga desde que se comete el delito: si la pena se aplica ferendae sententiae, para que haya delito se requiere decreto del Obispo o sentencia judicial (cfr. canon 1341 y siguientes). Sin embargo, si la pena de excomunión se aplica latae sententiae, no es necesaria la declaración de la legítima autoridad para estar obligado a cumplir la pena (cfr. canon 1314). Se suele decir que el juicio lo hace el delincuente con su acto delictivo.

No se debe olvidar la función de la pena de excomunión de evitar el escándalo: los fieles se escandalizarían si no se castigara con la debida proporción conductas tan graves como adherirse a la herejía, o profanar el Santísimo Sacramento, o cometer un aborto.Y el Señor pronuncia palabras muy duras para aquellos que escandalizan (cfr. Mt 18, 6). Si no se castigan estos delitos -u otros de tanta gravedad-, el escándalo vendría no del delincuente, sino de la autoridad eclesiástica que no los tipifica. 

Es posible concluir, por lo tanto, que puede constituir una verdadera obligación de justicia la tipificación de delitos y la imposición de la pena de excomunión.

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